jueves, 12 de septiembre de 2013

Proyecto de Ley del Negacionismo contravendría obligaciones internacionales del Perú en DD.HH.

Amnistía Internacional ha condenado y condena con severidad los crímenes de derecho internacional y las violaciones y abusos de derechos humanos que se cometen tanto por parte de agentes estatales cuanto por parte de los grupos de oposición armada, dondequiera que ellos tengan lugar. Así, en el pasado ha censurado los crímenes cometidos por los miembros de Sendero Luminoso y otros grupos de oposición armada con igual severidad que aquellos cometidos por los integrantes de las fuerzas de seguridad del Perú o por quienes contaban con su tolerancia, apoyo o aquiescencia. Sin embargo, la criminalización de aquellos que aprueben, justifiquen, nieguen o minimicen ‘los delitos cometidos por integrantes de organizaciones terroristas’ no parece ser una medida que se halle en plena consonancia con las obligaciones de derecho internacional que pesan sobre el Perú en la materia.
En efecto, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, en el que el Perú es un estado parte desde 1978, determina claramente que nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones y también que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Tales derechos humanos cobran su verdadera entidad cuando el contenido de dichas opiniones u expresiones pueda resultar especialmente irritativo o molesto para gran parte de la sociedad y, no obstante, estas son respetadas y garantizadas en su goce por la autoridad estatal, otorgándoles así su auténtico valor de derecho humano.
La organización advierte que es el Pacto el que impone una limitación clara a tales derechos al consagrar que “Toda propaganda en favor de la guerra estará prohibida por la ley” y que “Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley”, extremos que no parecen ser los que el proyecto de ley del negacionismo contempla.
Amnistía Internacional reitera lo que el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha expresado sobre las leyes que penalizan la expresión de opiniones sobre hechos históricos, indicando que éstas son incompatibles con las obligaciones que el Pacto impone a los Estados partes. Tal como lo ha expresado el Comité, “El Pacto no autoriza las prohibiciones penales de la expresión de opiniones erróneas o interpretaciones incorrectas de acontecimientos pasados.”
Luego de haber dado en otro momento opinión a las comisiones del congreso peruano sobre la discusión del proyecto de ley y ante la posibilidad de que el día de hoy se trate en el congreso nuevamente este tema, Amnistía Internacional expresa públicamente que el proyecto de ley que tipifica el delito de “negacionismo” contravendría las obligaciones internacionales del Perú en materia de derechos humanos.


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